El Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha sido testigo de una tendencia protagonizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos de ocuparse de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su ámbito. Así destaca la sentencia dictada el año pasado en el Caso Lagos del Campo vs. Perú que ha contado con el voto parcialmente disidente del Juez Eduardo Vio Grossi, miembro de nuestra asociación. Acompañamos su voto a esta noticia.

En la misma línea, la Corte Interamericana ha dictado la Opinión Consultiva OC-23/17 del 15 de noviembre de 2017 solicitada por la República de Colombia que reconoció la relación innegable entre Medio Ambiente y Derechos Humanos[1].

Más recientemente el 21 de junio de 2018 fue notificada la sentencia del Caso Poblete Vilches y otros vs. Chile “El Derecho a la salud de un adulto mayor fue vulnerado en Chile”[2] sobre el derecho a la salud sin discriminación nuevamente con referencia expresa al Artículo 26 del Pacto.

Voto parcialmente disidente_Eduardo Vio Grossi

[1] Consultar en http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_23_esp.pdf

[2] Disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_349_esp.pdf